¿Estoy obligado a declarar mis crypto?
Sí. Desde 2018, las criptomonedas son consideradas "bienes inmateriales" por la AFIP y deben declararse en el impuesto a los Bienes Personales si superás el mínimo no imponible. En 2025-2026 el MNI es de aproximadamente $100 millones ARS.
No declararlas es una infracción tributaria que puede resultar en multas, recargos e intereses. La AFIP tiene acceso a información de exchanges argentinos (Lemon, Ripio) y puede cruzar datos.
Las consecuencias de no declarar son acumulativas y crecen con el tiempo
Cómo declarar en Bienes Personales
Las criptomonedas se declaran al 31 de diciembre de cada año en el formulario de Bienes Personales. El valor a declarar es el precio de mercado de tus holdings en esa fecha.
¿Pago Ganancias cuando vendo crypto?
Sí — las ganancias por venta de criptomonedas están alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias como "renta financiera de tercera categoría". La alícuota es del 15% sobre la ganancia neta en USD.
La ganancia se calcula como: Precio de venta - Precio de compra = Ganancia gravada. Si vendés con pérdida, esa pérdida puede compensarse con otras ganancias del mismo ejercicio.
La base imponible es la diferencia entre precio de venta y precio de compra en USD
Qué documentación guardar
Para poder justificar el origen de los fondos y calcular correctamente las ganancias, es fundamental llevar un registro ordenado:
¿Los exchanges reportan a AFIP?
Los exchanges argentinos (Lemon Cash, Ripio) están obligados a reportar a AFIP las operaciones de sus usuarios por montos significativos. Binance y otros exchanges internacionales no reportan automáticamente, pero Argentina participa de acuerdos internacionales de intercambio de información fiscal.
| Exchange | ¿Reporta a AFIP? | Recomendación |
|---|---|---|
| Lemon Cash | Sí (exchange local) | Declarar siempre |
| Ripio | Sí (exchange local) | Declarar siempre |
| Binance | Indirecto (acuerdos) | Declarar siempre |
| MetaMask (DeFi) | No reporta | Igual declarar — la blockchain es pública |
Bienes Personales crypto: todo lo que necesitás saber
Bienes Personales es el impuesto anual que grava el patrimonio de las personas físicas al 31 de diciembre de cada año. Todo activo que tenés a esa fecha —incluyendo criptomonedas— debe declararse. El impuesto se calcula sobre el valor total del patrimonio que supera el mínimo no imponible.
Las criptomonedas se declaran según su naturaleza: las stablecoins como USDT se declaran como "moneda extranjera" ya que equivalen a dólares. Bitcoin, Ethereum y otras criptomonedas de precio variable se declaran como "otros bienes" o "activos digitales" según las instrucciones vigentes de AFIP.
El valor a declarar es siempre en pesos argentinos al tipo de cambio oficial del 31 de diciembre. Si tenés 100 USDT y el oficial ese día es $1.000, declarás $100.000 ARS. Si tenés 0.01 BTC con un precio en USD de $60.000 y el oficial es $1.000, declarás $600.000 ARS.
El impuesto del 15% sobre ganancias: cómo funciona exactamente
El impuesto cedular del 15% se aplica sobre las ganancias de capital por venta de criptomonedas. Es parte del impuesto a las ganancias pero tiene una tasa específica ("cedular") para activos financieros. Se declara en la misma DDJJ anual de Ganancias.
Lo que se grava: la diferencia entre el precio de venta y el costo de adquisición, ambos en pesos al tipo de cambio oficial de cada fecha. No se grava el monto total vendido, solo la ganancia neta.
Compensación de pérdidas: si en el mismo año fiscal tuviste pérdidas en unas operaciones y ganancias en otras, podés compensarlas. Solo tributás sobre la ganancia neta del período.
Actualización del costo: el costo de adquisición puede ajustarse por inflación usando el índice IPIM. Esto reduce la ganancia nominal (y por tanto el impuesto) descontando la porción que se debe simplemente a la inflación. Requiere asesoramiento contable para calcularlo correctamente.