Vendiste crypto con ganancia: ¿qué debés hacer ahora?
Miles de argentinos vendieron Bitcoin, Ethereum u otras criptomonedas en 2024-2025 con ganancias significativas. Algunos compraron BTC a $30.000 y vendieron a $90.000. Otros hicieron trading frecuente. Otros simplemente convirtieron USDT a pesos en exchanges locales.
La pregunta que todos se hacen es la misma: ¿hay que declarar eso en AFIP? ¿Cuánto se paga? ¿Qué pasa si no lo declaro?
La respuesta corta: sí, hay obligación de declarar las ganancias de capital por venta de criptomonedas. El impuesto es del 15% sobre la ganancia neta (no sobre el total vendido). Y los exchanges registrados ya reportan a AFIP.
¿Qué se declara y qué no?
| Situación | ¿Hay impuesto? | ¿Hay que declarar? |
|---|---|---|
| Tenés crypto sin vender al 31/12 | No (solo patrimonial) | Sí, en Bienes Personales |
| Vendiste con ganancia en el año | Sí — 15% sobre ganancia neta | Sí, en Ganancias |
| Vendiste con pérdida | No | Recomendable declarar |
| Recibiste crypto como pago | Sí — como ingreso | Sí, según categoría |
| Staking rewards recibidos | Gris regulatorio | Recomendable declarar |
Cómo calcular el impuesto a las ganancias crypto
El impuesto cedular del 15% se aplica sobre la ganancia neta: precio de venta menos precio de compra menos comisiones. Ejemplo concreto:
¿Qué sabe AFIP de tus operaciones?
Los exchanges registrados como PSAVs ante la CNV (Lemon Cash, Ripio, Bitso) están obligados a reportar operaciones a AFIP desde 2024. Esto incluye: montos operados, saldos y datos del usuario.
Binance, al ser extranjero, no reporta directamente, pero Argentina participa del intercambio automático de información fiscal internacional (CRS). La tendencia global es hacia mayor transparencia.
La estrategia inteligente es siempre declarar proactivamente: el costo del impuesto (15% sobre la ganancia) es mucho menor que el costo de una multa, intereses punitorios y el estrés de una fiscalización.
¿Tengo crypto no declarada de años anteriores? Qué hacer
Si tenés criptomonedas de años anteriores que no declaraste, la situación tiene solución. En Argentina existen mecanismos de regularización patrimonial que permiten sincerar activos no declarados pagando una alícuota especial, generalmente mucho menor a la que resultaría de una fiscalización.
El régimen de regularización de activos de 2023-2024 permitió sincerar bienes en el exterior (incluyendo crypto en wallets extranjeras) con alícuotas del 5% al 15% sobre el valor del activo. Si accediste a ese programa, tus activos ya están regularizados. Si no lo hiciste, la siguiente oportunidad de regularización puede llegar en cualquier momento — el gobierno argentino los ha realizado periódicamente.
Para activos en exchanges locales: si el exchange los reportó a AFIP y vos no los declaraste, la inconsistencia entre lo que sabe AFIP y tu declaración es un riesgo cierto de fiscalización. Declarar proactivamente, incluso fuera de plazo con los intereses correspondientes, es mejor que esperar una intimación.
Cómo planificar ventas para optimizar la carga fiscal legalmente
El momento en que vendés crypto afecta cuándo y cuánto pagás de impuesto. Algunas consideraciones legítimas para planificar las ventas:
Vender en dos años fiscales distintos: si tenés una ganancia grande, podés dividir la venta entre diciembre de un año y enero del siguiente. Así la ganancia queda repartida en dos períodos fiscales, potencialmente reduciendo el monto gravable en cada declaración.
Compensar ganancias con pérdidas del mismo año: si tuviste pérdidas en alguna altcoin durante el año, vendé los activos con ganancia en el mismo año fiscal para compensar. Las pérdidas solo se pueden compensar en el mismo período fiscal.
Costo de adquisición FIFO o LIFO: AFIP generalmente acepta el método FIFO (primeras entradas, primeras salidas) para calcular el costo de las unidades vendidas. En un mercado alcista, el FIFO asigna costos más bajos (compras antiguas más baratas) resultando en mayor ganancia y más impuesto. En algunos casos, el método de costo promedio puede ser más beneficioso. Consultá con tu contador cuál método aplica a tu situación.